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Plazo definitivo para que sociedades incumplidoras cumplan con el RTBF

  • Foto del escritor: CAIA LEGAL
    CAIA LEGAL
  • 17 abr 2020
  • 2 Min. de lectura

De acuerdo con lo indicado en el artículo pasado (https://www.caialegal.com/post/conozca-las-implicaciones-de-no-cumplir-con-la-declaraci%C3%B3n-del-rtbf), la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante la resolución DGT-R-005-2020 estableció el procedimiento sancionatorio para todos los obligados tributarios que al 31 de marzo del 2020 (plazo final de la moratoria) no hubieren presentado la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del período 2019, según lo ordenado en el Decreto N°41040-H: “Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales”.


El día de ayer, salió publicado en la Gaceta, aviso del Ministerio de Hacienda en el cual comunicó que procedió con la publicación del listado oficial de las sociedades que, a esta fecha, no han realizado la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del período 2019. Por lo que, de conformidad con la resolución citada en el párrafo anterior y el numeral 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, con esta publicación se apercibe a todos los sujetos que han incumplido con la obligación de suministrar la información descrita para que, en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del edicto, cumplan con el suministro de dicha información, es decir, el plazo empieza a correr a partir del día de hoy viernes 17 de abril del 2020.


Recordemos que además de este plazo de tres días hábiles, automáticamente se le concede a los obligados una prórroga por un período igual, es decir, por otros tres días hábiles. Por lo anterior, todas aquellas sociedades que no hayan cumplido con este registro, tendrán un último chance para hacerlo, el cual vencerá el próximo viernes 24 de abril del 2020.


Todos los obligados tributarios que no hayan rendido la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del período 2019 dentro del plazo otorgado, serán objeto automático del procedimiento sancionatorio establecido en los numerales seis y siete del decreto anteriormente indicado.


Si usted requiere asesoría para realizar la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, y así evitar el procedimiento sancionador, sírvase en contactarnos a los correos electrónicos info@caialegal.com o jose.castro@caialegal.com y con todo gusto le ayudaremos.

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